Guía oficial y herramientas pedagógicas para prevenir, identificar y gestionar el acoso laboral en Nombre de la Entidad. Conoce tus derechos, las vías de atención y tramita tu queja de manera protegida y confidencial.
En Colombia, el Artículo 2 de la Ley 1010 de 2006 lo define como toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un trabajador o empleado público por parte de un empleador, jefe, compañero o subalterno.
Su fin o resultado es infundir miedo, intimidación, terror y angustia, causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo o inducir la renuncia del funcionario.
Debe manifestarse a través de actos reiterados en el tiempo. Un desacuerdo único y aislado no constituye acoso.
Puede respaldarse con hechos objetivos: correos, testimonios, registros de sistemas, órdenes u oficios.
Afecta la dignidad, salud física/emocional o busca doblegar la voluntad para forzar el retiro laboral.
Ocurre en el marco del vínculo laboral o contractual, presencial o virtual (Ley 2191 de desconexión).
Toca o haz clic sobre cada tarjeta para voltearla y explorar ejemplos prácticos y conductas tipificadas.
Todo acto de violencia física o moral, agresión verbal o trato humillante que lesione la dignidad y la integridad personal.
Gritos sistemáticos, insultos en público, descalificaciones de la capacidad laboral, burlas por vida privada o amenazas de despido frente a compañeros.
Conducta reiterada o manifiestamente arbitraria que permite inferir el propósito deliberado de inducir la renuncia del funcionario.
Sobrecargas de trabajo excesivas e injustificadas frente al resto, quejas disciplinarias sin sustento, cambios sorpresivos de horarios para forzar dimisión.
Trato diferenciado o excluyente por razones de género, raza, edad, orientación sexual, religión, origen social o político.
Negar capacitaciones o ascensos por maternidad o ideología; exclusión deliberada de proyectos institucionales por prejuicios personales.
Acción tendiente a obstaculizar el cumplimiento de la labor, hacerla más gravosa o retardarla con perjuicio para el funcionario.
Ocultar información o correspondencia vital, bloquear accesos a software/sistemas, negar insumos o emitir órdenes contradictorias para provocar fallas.
Asignación de funciones con menosprecio desproporcionado del trabajador respecto a sus calidades y perfil contratado.
Asignar a un profesional cualificado a labores serviles o de archivo muerto sin necesidad del servicio, solo para menoscabar su estatus laboral.
Conducta que pone en riesgo la seguridad e integridad física del trabajador mediante órdenes o negligencia deliberada.
Obligar a ejecutar labores en zonas peligrosas sin Elementos de Protección Personal (EPP), o desatender recomendaciones médicas de la ARL/EPS.
Herramienta orientadora basada en las conductas tipificadas y las exclusiones expresas del Artículo 8 (exigencias razonables y legítimas del servicio).
Sigue el paso a paso recomendado para hacer valer tus derechos con total respaldo institucional.
Formatos listos para diligenciar, bitácora de evidencias, cartilla legal y generador de compromisos de buen trato.
Diligencia tu queja formal con vista previa en tiempo real, lista para imprimir con membrete o descargar.
Checklist interactivo y categorizado para recopilar de forma metódica y válida correos, fechas y testimonios.
Garantías de protección legal contra despidos o traslados arbitrarios tras presentar tu queja.
Diez principios de respeto mutuo, comunicación asertiva y desconexión laboral para equipos de trabajo.
Genera un certificado personal de compromiso de convivencia institucional con tu nombre y fecha.
Líneas de ayuda de salud mental, pautas de manejo de la ansiedad y ejercicio guiado de respiración 4-7-8.
Creado por las Resoluciones 652 y 1356 de 2012 del Ministerio del Trabajo como órgano preventivo de mediación y diálogo.
Compuesto en partes iguales por representantes de los trabajadores (elegidos por voto libre y secreto) y representantes designados por la entidad/empleador.
Estatuto matriz sobre prevención, corrección y sanción del acoso laboral y otros hostigamientos en el trabajo.
Reglamentan la integración, funcionamiento y deber de confidencialidad del Comité de Convivencia Laboral.
Reconoce el derecho a no atender llamadas, mensajes ni tareas fuera de la jornada ordinaria ni en vacaciones.
Adopta la batería de instrumentos obligatoria para evaluación y prevención de factores de riesgo psicosocial.
Nuevas medidas urgentes de protección, no revictimización y sanciones reforzadas ante acoso sexual laboral.
Las acciones disciplinarias o sancionatorias por acoso laboral caducan a los 6 meses siguientes a la fecha en que ocurrieron los hechos. ¡No dejes vencer el plazo!
El despido o terminación del contrato que ocurra dentro de los 6 meses siguientes a la queja debidamente radicada se presume retaliatorio y carece de todo efecto jurídico.
Los llamados de atención justificados, las solicitudes de cumplimiento en horario laboral, las evaluaciones objetivas de rendimiento y las circulares generales de servicio no constituyen acoso.
Canales oficiales internos y externos con cobertura en todo el territorio colombiano.
Canal interno de tu entidad para radicar la queja formal.
comite.convivencia@entidad.gov.coAcompañamiento en medicina preventiva, ARL y primeros auxilios emocionales.
Ext. Bienestar / SSTInvestigación disciplinaria para servidores públicos en Colombia.
procuraduria.gov.coInspección, vigilancia y control en relaciones laborales.
Línea 120 / mintrabajo.gov.co